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28 dic 2001

Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 11
Antes1. La responsabilidad inmediata de la gestión del Plan Regional corresponde a la Dirección General de Investigación, la cual asumirá, en consecuencia, la competencia de gestión relativa a todos los créditos presupuestarios destinados a investigación científica e innovación tecnológica que se hallen consignados en el estado de gastos autorizado por la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para cada ejercicio.
Ahora1. Sin perjuicio de las competencias de gestión que corresponden a cada una de las distintas Consejerías por razón de la materia, la responsabilidad inmediata de la gestión del Plan Regional corresponde a la Dirección General de Investigación.