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13 dic 2001

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo treinta y seis
Eliminadoa) Infracciones leves, hasta 500.000 pesetas.
Eliminadob) Infracciones graves, desde 500.001 a 2.500.000 pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
Antesc) Infracciones muy graves, desde 2.500.001 a 100.000.000 de pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
Ahoraa) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.
Párrafo añadido
b) Infracciones graves, desde 3.005,07 a 15.025,30 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
Párrafo añadido
c) Infracciones muy graves, desde 15.025,31 a 601.012,10 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.