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17 nov 2001

Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 11
Eliminadoa) Por infracciones muy graves se sancionará con multas del duplo al triplo de la cuantía destinada a las acciones objeto de la infracción y, en ningún caso, inferior a 5.000.001 pesetas.
Eliminadob) Por infracciones graves se sancionará con multas de 100.001 a 5.000.000 de pesetas.
Antesc) Por infracciones leves se sancionará con apercibimiento o con multas de hasta 100.000 pesetas.
Ahoraa) Por infracciones muy graves se sancionará con multas del duplo al triplo de la cuantía destinada a las acciones objeto de la infracción y, en ningún caso, inferior a 30.050,62 euros.
Párrafo añadido
b) Por infracciones graves se sancionará con multas de 601,02 a 30.050,61euros.
Párrafo añadido
c) Por infracciones leves se sancionará con apercibimiento o con multas de hasta 601,01euros.