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17 nov 2001
Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 11▾
Eliminadoa) Por infracciones muy graves se sancionará con multas del duplo al triplo de la cuantía destinada a las acciones objeto de la infracción y, en ningún caso, inferior a 5.000.001 pesetas.
Eliminadob) Por infracciones graves se sancionará con multas de 100.001 a 5.000.000 de pesetas.
Antesc) Por infracciones leves se sancionará con apercibimiento o con multas de hasta 100.000 pesetas.
Ahoraa) Por infracciones muy graves se sancionará con multas del duplo al triplo de la cuantía destinada a las acciones objeto de la infracción y, en ningún caso, inferior a 30.050,62 euros.
Párrafo añadido
b) Por infracciones graves se sancionará con multas de 601,02 a 30.050,61euros.
Párrafo añadido
c) Por infracciones leves se sancionará con apercibimiento o con multas de hasta 601,01euros.