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9 jul 2001

Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 26
AntesLos residuos explosivos, oxidantes o inflamables definidos por la Directiva 91/689 CEE y los infecciosos procedentes de los centros médicos o los veterinarios contemplados en la anterior Directiva, no serán admitidos en estos complejos medioambientales.
Ahora**(Derogado)**.