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12 ene 2001

Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, por el que se determina la organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 3
AntesEl mando de las Zonas 1.ª, 2.ª, 4.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 11.ª, 12.ª y 15.ª, será ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil y, el de las Zonas 3.ª, 5.ª, 9.ª, 10.ª, 13.ª, 14.ª, 16.ª y 17.ª recaerá en un Coronel de la Guardia Civil.
AhoraEl mando de las Zonas 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª, 6.ª, 7.ª, 8.ª, 11.ª, 12.ª, 15.ª y 16.ª será ejercido por un Oficial General de la Guardia Civil, en servicio activo.
Párrafo añadido
El mando de las Zonas 5.ª, 9.ª, 10.ª, 13.ª, 14.ª y 17.ª recaerá en un Coronel de la Guardia Civil, en servicio activo, quien, en aquellas que cuenten con una sola Comandancia, asumirá las funciones y competencias que se atribuyan al mando de ésta.
Artículo 6
AntesLas Zonas de la Guardia Civil son las Unidades de mando, coordinación e inspección de todos los Servicios de la Dirección General de la Guardia Civil existentes en el ámbito territorial de cada una de ellas.
AhoraLas Zonas de la Guardia Civil, bajo la dependencia directa del Subdirector general de Operaciones y sin perjuicio de sus relaciones funcionales con las Subdirecciones Generales de Personal y de Apoyo, son las Unidades de mando, coordinación e inspección de todos los Servicios de la Dirección General de la Guardia Civil existentes en el ámbito territorial de cada una de ellas.