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3 ene 2001

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 86
AntesArtículo 86.
AhoraArt. 86.
Antesd) Seis representantes de las Entidades locales.
Ahorad) Un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Párrafo añadido
e) Siete representantes de las Entidades locales.
Antesd) Los representantes de las Entidades locales por la asociación de municipios de ámbito estatal con mayor implantación.
Ahorad) El representante del Ministerio de Asuntos Exteriores por el titular de este Departamento.
Párrafo añadido
e) Los representantes de las Entidades locales por la asociación de municipios de ámbito estatal con mayor implantación.