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28 oct 2000

Real Decreto 302/1989, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto y la estructura orgánica del Instituto de contabilidad y Auditoría de Cuentas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 4
AntesUno.–El Presidente del Instituto, con categoría de Director general, es nombrado y separado por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda.
AhoraUno.–El Presidente del Instituto, con categoría de Director general, es nombrado y separado por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía.
Párrafo añadido
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 46 y 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, para su nombramiento no será preciso que ostente la condición de funcionario.
AntesTres.–Contra las resoluciones que dicte el Presidente podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio de Economía y hacienda, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.
AhoraTres.–Contra las resoluciones que dicte el Presidente podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio de Economía, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.