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12 ene 2000

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Qué ha cambiado (2 artículos)

TÍTULO XIX bis▾
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TÍTULO XIX bis De los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales
Artículo 445 bis▾
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Artículo 445 bis. Los que, con dádivas, presentes, ofrecimientos o promesas, corrompieren o intentaren corromper, por sí o por persona interpuesta, a las autoridades o funcionarios públicos extranjeros o de organizaciones internacionales en el ejercicio de su cargo en beneficio de éstos o de un tercero, o atendieren a sus solicitudes al respecto, con el fin de que actúen o se abstengan de actuar en relación con el ejercicio de funciones públicas para conseguir o conservar un contrato u otro beneficio irregular en la realización de actividades económicas internacionales, serán castigados con las penas previstas en el artículo 423, en sus respectivos casos.