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29 dic 1999

Real Decreto 2551/1994, de 29 de diciembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal y sanitarias aplicables a los intercambios e importaciones de productos no sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normas especificas establecidas en el capítulo I del anexo A del Real Decreto 49/1993, de 15 de enero, y, por lo que se refiere a los patógenos, en el Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
AntesNo obstante, de acuerdo con el procedimiento previsto en la normativa comunitaria, podrá obviarse el control físico previsto en el apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto 2022/1993 para determinados tipos de productos de origen animal.
AhoraNo obstante, de acuerdo con el procedimiento previsto en la normativa comunitaria, podrá obviarse, para determinados tipos de productos de origen animal, el control físico previsto en el párrafo b) del apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los principios relativos a la organización de los controles veterinarios sobre los productos procedentes de países terceros.