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24 nov 1999

Ley 1/1999, de 29 de enero, de residuos de Canarias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria quinta
AntesLas restricciones establecidas en el artículo 35 respecto al empleo de envases metálicos no reutilizables y a su promoción publicitaria no serán de aplicación hasta transcurridos seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley.
AhoraLas restricciones establecidas en el artículo 35 respecto al empleo de envases metálicos no reutilizables y a su promoción publicitaria no serán de aplicación hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor de esta Ley.