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22 jul 1999
Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro
Qué ha cambiado (5 artículos)
Artículo 15▾
Párrafo añadido
En consecuencia, la Agencia Catalana del Agua puede adquirir, como beneficiaria, incluso por expropiación forzosa, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes, concertar créditos, establecer contratos, proponer la constitución de mancomunidades y otras modalidades asociativas de entes locales, formalizar convenios, ejecutar, contratar y explotar obras y servicios, otorgar ayudas, obligarse, interponer recursos y ejercer las acciones que le corresponden como Administración hidráulica de acuerdo con la normativa aplicable en la materia.
Artículo 17▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.
Artículo 21▾
Antesa) El canon de infraestructura hidráulica, el canon de saneamiento y el incremento de tarifa de saneamiento.
Ahoraa)**(Derogada)**
Artículo 38▾
AntesLa determinación de las cuotas de los tributos de la Generalidad sobre el agua debe tener en cuenta el número de usuarios de agua por vivienda.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 39▾
Eliminado1. La cuota del incremento de tarifa de saneamiento del canon de infraestructura hidráulica, en los supuestos de usos domésticos del agua, tiene las siguientes deducciones:
Eliminadoa) Familias numerosas: un 20 por 100.
Eliminadob) Unidades familiares con ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual: un 20 por 100.
Eliminado2. Los sujetos beneficiarios de las deducciones a que hace referencia el apartado 1 son los abonados al servicio de suministro.
Antes3. Deben establecerse por reglamento los requisitos para la aplicación de las deducciones indicadas.
Ahora**(Derogado)**