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9 abr 1999

Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 7
Eliminado3. Que el número de trabajadores asalariados con contrato por tiempo indefinido no exceda del 10 por 100 del total de sus socios. Sin embargo, si el número de socios es inferior a diez, podrá contratarse un trabajador asalariado.
EliminadoEl cálculo de este porcentaje se realizará en función del número de socios y trabajadores asalariados existentes en la cooperativa durante el ejercicio económico, en proporción a su permanencia efectiva en la misma.
EliminadoLa cooperativa podrá emplear trabajadores por cuenta ajena mediante cualquier otra forma de contratación, sin perder su condición de especialmente protegida, siempre que el número de jornadas legales realizadas por estos trabajadores durante el ejercicio económico no supere el 25 por 100 del total de jornadas legales de trabajo realizadas por los socios.
EliminadoPara el cómputo de estos porcentajes no se tomarán en consideración:
Eliminadoa) Los trabajadores con contrato de trabajo en prácticas, de aprendizaje o bajo cualquier otra fórmula establecida para la inserción laboral de jóvenes.
Eliminadob) Los socios en situación de suspensión o excedencia y los trabajadores que los sustituyan.
Eliminadoc) Aquellos trabajadores asalariados que una cooperativa deba contratar por tiempo indefinido en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, en los casos expresamente autorizados.
Antesd) Los socios en situación de prueba.
Ahora3. Que el número de jornadas legales realizadas por los trabajadores por cuenta ajena, con contrato por tiempo indefinido, en una sociedad cooperativa de trabajo asociado no sea en ningún caso superior al 30 por 100 del total de jornadas legales de trabajo realizadas por los socios trabajadores de la entidad.