Saltar al contenido
← Volver
8 feb 1999

Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 25
EliminadoArtículo 25. Centros residenciales de asistidos.
AntesSon centros residenciales de asistidos aquellos centros de cuidados continuados, destinados a prestar alojamiento a personas mayores que, por causa de deterioro físico o mental, requieran una actuación básica, cuidados médicos y de enfermería, y cuya situación de vida digna no pueda ser mantenida en su domicilio, aun utilizando todos los recursos sociales y sanitarios.
AhoraArtículo 25. Centros de atención sociosanitaria
Párrafo añadido
Son centros de atención sociosanitaria aquellos centros de cuidados continuados, destinados a prestar alojamiento a personas mayores que, por causa de deterioro físico o mental, requieran una actuación básica, cuidados médicos y de enfermería, y cuya situación de vida digna no pueda ser mantenida en su domicilio, aun utilizando todos los recursos sociales y sanitarios.
Artículo 27
AntesSon centros residenciales mixtos aquellos destinados al alojamiento y atención conjunta de personas mayores válidas y asistidas.
AhoraSon centros residenciales mixtos aquellos destinados al alojamiento y atención conjunta de personas mayores válidas y con necesidades de atención sociosanitaria.