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31 dic 1998
Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra
Qué ha cambiado (4 artículos)
Artículo 15▾
Párrafo añadido
Dicha medida excepcional podrá ser utilizada igualmente cuando la organización de las diferentes unidades administrativas y la prestación de las tareas encomendadas aconsejen la cobertura de determinados puestos de trabajo mediante promoción interna.
Artículo 26▾
Antesa) Para pasar a la situación de servicio activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas o a prestar servicios en organismos autónomos o entidades con personalidad jurídica propia dependientes de la Administración distinta de aquélla a la que pertenezcan.
Ahoraa) Cuando pase a prestar servicios en otra Administración Pública o entidad con personalidad jurídica propia dependiente de una Administración distinta de aquella a la que pertenezca, así como cuando se encuentre prestando servicios en otra Administración Pública en el momento de la toma de posesión.
Artículo 88▾
Antesb) La sustitución de personal fijo y la provisión temporal de las vacantes existentes en sus respectivas plantillas.
Ahorab) La sustitución del personal y la provisión temporal de las vacantes existentes en sus respectivas plantillas orgánicas.
Artículo 90▾
AntesLos funcionarios de una Administración Pública no podrán ser contratados por ésta en régimen administrativo.
AhoraLos funcionarios de una Administración Pública no podrán ser contratados por ésta en régimen administrativo, salvo que se encuentren en la situación de excedencia voluntaria.