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31 dic 1998

Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de Museos

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 22
AntesLos Directores y Administradores de los museos nacionales serán nombrados por Decreto del Gobierno, a propuesta de la Junta de Museos.
AhoraLos directores y administradores de los museos nacionales son nombrados, a propuesta de la Junta de Museos, por el órgano que se especifique en los estatutos de la entidad que gestione el museo.
Artículo 42
Antesa) Aprobar las propuestas de nombramiento de los directores y los administradores de los museos nacionales, presentadas por los órganos de gobierno respectivos, y elevarlas al Gobierno.
Ahoraa) Aprobar las propuestas de nombramiento de los directores y administradores de los museos nacionales, presentadas por los órganos de gobierno respectivos, y dar traslado de las mismas al órgano competente que acuerde su nombramiento.