Saltar al contenido
← Volver
30 dic 1998

Circular 3/1993, de 29 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre registro de operaciones y archivo de justificantes de órdenes

Qué ha cambiado (2 artículos)

Norma 5
Antes6.º Entidad liquidadora. Se indicará ésta.
Ahora6.º Moneda. Se indicará tipo de moneda.
Párrafo añadido
7.º Entidad liquidadora. Se indicará ésta.
ANEXO
Antes| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de referencia | N | 8 | Formato: AAAAMMDD Contendrá la fecha en la que la orden ha estado vigente (un registro por cada día de vigencia de la orden). | | 2 | 9-24 | Código de orden | X | 16 | Identificador único y absoluto para cada orden. | | 3 | 25-32 | Fecha de recepción | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 4 | 33-38 | Hora de recepción | N | 6 | Formato: HHMMSS | | 5 | 39-48 | N.I.F. Ordenante | X | 10 | | | 6 | 49-88 | Ordenante | X | 40 | Se identificará al ordenante por su denominación. | | 7 | 89-90 | Tipo de operación ordenada | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: CO: Compra. VE: Venta. SP: Suscripción en mercado primario. CV: Conversión. TI: Inicio de traspaso. TC: Compleción de traspaso. AC: Anulación de una orden anterior. OT: Otra. | | 8 | 91-92 | Operación de deuda anotada | N | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: 01: Operación a vencimiento. 02: Operación de compra o venta con compromiso de reventa o recompra a fecha fija. 03: Operación de compra o venta con compromiso de reventa o recompra a la vista. 04: Operación simultánea. | | 9 | 93-101 | Número de valores | N | 9 | | | 10 | 102-113 | Código de identificación de valor | X | 12 | Se usará el código ISIN para aquellos valores que lo posean o el código que otorgue el correspondiente mercado cuando no exista el código ISIN. Se completará con blancos si no se dispone de código. | | 11 | 114-153 | Denominación del valor | X | 40 | Se identificará el valor por su denominación. | | 12 | 154-155 | Estado de la orden | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: EE: Ejecutada. Orden cuya ejecución haya sido realizada por la entidad en la fecha de referencia (campo 1). PJ: Parcialmente ejecutada. Orden ejecutada parcialmente por la entidad y que podrá generar nuevas ejecuciones. PE: Pendiente de ejecución. Orden recibida por la entidad cuya validez permanezca al final del día de referencia y que deberá ser ejecutada por la propia entidad. TT: Transmitida. Orden recibida por la entidad y que haya sido transmitida en el día de referencia a otra entidad para su ejecución. PT: Pendiente de transmisión. Orden recibida por la entidad cuya validez permanezca al final del día de referencia y para cuya ejecución tenga que ser transmitida a otra entidad. | | 13 | 156-163 | Plazo de validez de la orden | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 14 | 164-167 | Código de entidad de destino | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con los siguientes criterios: - Número de registro en el Banco de España.-Para Bancos y Entidades de Crédito. - Número de registro en la Comisión Nacional del Mercado de Valores + 3.500.-Para Sociedades y Agencias de Valores. - No se completará para entidades no inscritas en los registros oficiales del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores. | | 15 | 168-207 | Entidad de destino | X | 40 | Se identificará a la entidad de destino por su denominación. | | 16 | 208-211 | Código de entidad origen del traspaso | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con el criterio establecido para el campo número 14. | | 17 | 212-251 | Entidad origen del traspaso | X | 40 | Se identificará a la entidad origen del traspaso por su denominación. | | 18 | 252-255 | Código de entidad receptora del traspaso | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con el criterio establecido para el campo número 14. | | 19 | 256-295 | Entidad receptora del traspaso | X | 40 | Se identificará a la entidad receptora del traspaso por su denominación. | | 20 | 296-311 | Código de la orden anulada | X | 16 | Solo se completará en anulaciones de órdenes y contendrá el código identificador de la orden a la que anula. | | 21 | 312-361 | Comentarios | X | 50 | Aclaración a los campos anteriores siempre que resulte necesario. Se indicará además en este apartado la referencia al contrato o al mandato genérico o específico recibido por la entidad cuando la operación sea transmitida a otra entidad para su ejecución. | | 22 | 362-363 | Final de registro | X | 2 | Siempre: <CR> <LF> |
Ahora| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de referencia | N | 8 | Formato: AAAAMMDD Contendrá la fecha en la que la orden ha estado vigente (un registro por cada día de vigencia de la orden). | | 2 | 9-24 | Código de orden | X | 16 | Identificador único y absoluto para cada orden. | | 3 | 25-32 | Fecha de recepción | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 4 | 33-38 | Hora de recepción | N | 6 | Formato: HHMMSS | | 5 | 39-48 | N.I.F. Ordenante | X | 10 | | | 6 | 49-88 | Ordenante | X | 40 | Se identificará al ordenante por su denominación. | | 7 | 89-90 | Tipo de operación ordenada | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: CO: Compra. VE: Venta. SP: Suscripción en mercado primario. CV: Conversión. TI: Inicio de traspaso. TC: Compleción de traspaso. AC: Anulación de una orden anterior. OT: Otra. | | 8 | 91-92 | Operación de deuda anotada | N | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: 01: Operación a vencimiento. 02: Operación de compra o venta con compromiso de reventa o recompra a fecha fija. 03: Operación de compra o venta con compromiso de reventa o recompra a la vista. 04: Operación simultánea. | | 9 | 93-101 | Número de valores | N | 9 | | | 10 | 102-113 | Código de identificación de valor | X | 12 | Se usará el código ISIN para aquellos valores que lo posean o el código que otorgue el correspondiente mercado cuando no exista el código ISIN. Se completará con blancos si no se dispone de código. | | 11 | 114-153 | Denominación del valor | X | 40 | Se identificará el valor por su denominación. | | 12 | 154-155 | Estado de la orden | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: EE: Ejecutada. Orden cuya ejecución haya sido realizada por la entidad en la fecha de referencia (campo 1). PJ: Parcialmente ejecutada. Orden ejecutada parcialmente por la entidad y que podrá generar nuevas ejecuciones. PE: Pendiente de ejecución. Orden recibida por la entidad cuya validez permanezca al final del día de referencia y que deberá ser ejecutada por la propia entidad. TT: Transmitida. Orden recibida por la entidad y que haya sido transmitida en el día de referencia a otra entidad para su ejecución. PT: Pendiente de transmisión. Orden recibida por la entidad cuya validez permanezca al final del día de referencia y para cuya ejecución tenga que ser transmitida a otra entidad. | | 13 | 156-163 | Plazo de validez de la orden | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 14 | 164-167 | Código de entidad de destino | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con los siguientes criterios: - Número de registro en el Banco de España.-Para Bancos y Entidades de Crédito. - Número de registro en la Comisión Nacional del Mercado de Valores + 3.500.-Para Sociedades y Agencias de Valores. - No se completará para entidades no inscritas en los registros oficiales del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores. | | 15 | 168-207 | Entidad de destino | X | 40 | Se identificará a la entidad de destino por su denominación. | | 16 | 208-211 | Código de entidad origen del traspaso | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con el criterio establecido para el campo número 14. | | 17 | 212-251 | Entidad origen del traspaso | X | 40 | Se identificará a la entidad origen del traspaso por su denominación. | | 18 | 252-255 | Código de entidad receptora del traspaso | N | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con el criterio establecido para el campo número 14. | | 19 | 256-295 | Entidad receptora del traspaso | X | 40 | Se identificará a la entidad receptora del traspaso por su denominación. | | 20 | 296-311 | Código de la orden anulada | X | 16 | Solo se completará en anulaciones de órdenes y contendrá el código identificador de la orden a la que anula. | | 21 | 312-361 | Comentarios | X | 50 | Aclaración a los campos anteriores siempre que resulte necesario. Se indicará además en este apartado la referencia al contrato o al mandato genérico o específico recibido por la entidad cuando la operación sea transmitida a otra entidad para su ejecución. | | 22 | 362-363 | Final de registro | X | 2 | Siempre: |
Eliminado| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de contratación | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 2 | 9-14 | Hora de contratación | N | 6 | Formato. HHMMSS | | 3 | 15-30 | Código de ejecución | X | 16 | Identificador único y absoluto para cada ejecución. | | 4 | 31-32 | Mercado | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: 03: Bolsa de Valores de Valencia. 04: Bolsa de Valores de Barcelona. 05: Bolsa de Valores de Bilbao. 06: Bolsa de Valores de Madrid. 07: MEFF Renta Variable. 08: MEFF Renta Fija. 10: Mercado AIAF. 11: Bolsas de Valores extranjeras. 12: Mercados de Derivados extranjeros. 13: Otros mercados nacionales. 14: Otros mercados extranjeros. | | 5 | 33-34 | Forma de contratación bursátil | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: AP: Aplicaciones. OP: Operaciones especiales con contrapartida por cuenta propia. OM: Operaciones especiales entre miembros. TR: Tomas de razón. RO: Resto de operaciones bursátiles. | | 6 | 35-36 | Tipo de contratación | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: CO: Compra. VE: Venta. SP: Suscripción en mercado primario. CV: Conversión. OT: Otra. | | 7 | 37-48 | Código de identificación de valor | X | 12 | Se usará el código ISIN para aquellos valores que los posean o el código que otorgue el correspondiente mercado cuando no exista código ISIN. Se completará con blancos si no se dispone de código. | | 8 | 49-88 | Denominación del valor | X | 40 | Se identificará el valor con su denominación. | | 9 | 89-96 | Fecha valor | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 10 | 97-105 | Número de valores | N | 9 | | | 11 | 106-117 | Efectivo de contratación | N | 12 | | | 12 | 118-120 | Moneda | X | 3 | Código alfabético de la norma ISO4217 | | 13 | 121-170 | Comentarios | X | 50 | Aclaración de los campos anteriores siempre que resulte necesario. Se indicará además en este apartado la referencia al contrato o al mandato genérico específico recibido por la entidad cuando estas operaciones son ejecutadas por la entidad. | | 14 | 171-172 | Final de registro | X | 2 | Siempre: <CR> <LF> |
EliminadoFichero de desgloses: DESGLOS.
Antes| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de referencia | N | 8 | Formato: AAAAMMDD Contendrá la fecha de liquidación de la operación. | | 2 | 9-24 | Código de orden | X | 16 | Debe coincidir con el incluido en el fichero de órdenes para la orden que ha generado el desglose, salvo en los siguientes casos que se identificarán mediante estas claves: CP: Operaciones ejecutadas por cuenta propia por la entidad. MG: Operaciones ejecutadas en virtud de mandatos genéricos o específicos. RO: Resto de operaciones que se ejecuten sin orden expresa del cliente. | | 3 | 25-40 | Código de ejecución | X | 16 | Debe coincidir con el incluido en el fichero de ejecuciones para la ejecución que ha generado el desglose. | | 4 | 41-56 | Código de operación | X | 16 | Para el caso bursátil será el número de operación que se intercambia con el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores. | | 5 | 57-65 | Número de valores | N | 9 | | | 6 | 66-77 | Efectivo de liquidación | N | 12 | | | 7 | 78-81 | Código de entidad liquidadora | X | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con los siguientes criterios: Número de registro en el Banco de España.–Para Bancos y Entidades de Crédito. Número de registro en la Comisión Nacional del Mercado de Valores + 3.500.–Para Sociedades y Agencias de Valores. No se completará para entidades no inscritas en los registros oficiales del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores. | | 8 | 82-121 | Entidad liquidadora | X | 40 | Se identificará a la entidad liquidadora por su denominación. | | 9 | 122-171 | Comentario | X | 50 | Aclaración a los campos anteriores siempre que resulte necesario. | | 10 | 172-173 | Final de registro | X | 2 | Siempre: <CR> <LF> |
Ahora| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de contratación | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 2 | 9-14 | Hora de contratación | N | 6 | Formato. HHMMSS | | 3 | 15-30 | Código de ejecución | X | 16 | Identificador único y absoluto para cada ejecución. | | 4 | 31-32 | Mercado | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: 03: Bolsa de Valores de Valencia. 04: Bolsa de Valores de Barcelona. 05: Bolsa de Valores de Bilbao. 06: Bolsa de Valores de Madrid. 07: MEFF Renta Variable. 08: MEFF Renta Fija. 10: Mercado AIAF. 11: Bolsas de Valores extranjeras. 12: Mercados de Derivados extranjeros. 13: Otros mercados nacionales. 14: Otros mercados extranjeros. | | 5 | 33-34 | Forma de contratación bursátil | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: AP: Aplicaciones. OP: Operaciones especiales con contrapartida por cuenta propia. OM: Operaciones especiales entre miembros. TR: Tomas de razón. RO: Resto de operaciones bursátiles. | | 6 | 35-36 | Tipo de contratación | X | 2 | Se identificará mediante las siguientes claves: CO: Compra. VE: Venta. SP: Suscripción en mercado primario. CV: Conversión. OT: Otra. | | 7 | 37-48 | Código de identificación de valor | X | 12 | Se usará el código ISIN para aquellos valores que los posean o el código que otorgue el correspondiente mercado cuando no exista código ISIN. Se completará con blancos si no se dispone de código. | | 8 | 49-88 | Denominación del valor | X | 40 | Se identificará el valor con su denominación. | | 9 | 89-96 | Fecha valor | N | 8 | Formato: AAAAMMDD | | 10 | 97-105 | Número de valores | N | 9 | | | 11 | 106-117 | Efectivo de contratación | N | 12 | | | 12 | 118-120 | Moneda | X | 3 | Código alfabético de la norma ISO4217 | | 13 | 121-170 | Comentarios | X | 50 | Aclaración de los campos anteriores siempre que resulte necesario. Se indicará además en este apartado la referencia al contrato o al mandato genérico específico recibido por la entidad cuando estas operaciones son ejecutadas por la entidad. | | 14 | 171-172 | Final de registro | X | 2 | Siempre: |
Párrafo añadido
Fichero de desgloses: DESGLOS
Párrafo añadido
| Número | Posición | Nombre del campo | Formato | Longitud | Observaciones | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | 1 | 1-8 | Fecha de referencia. | N | 8 | Formato: AAAAMMDD. Contendrá la fecha de liquidación de la operación. Cuando se trate de operaciones bursátiles será la fecha teórica de liquidación. | | 2 | 9-24 | Código de orden. | X | 16 | Debe coincidir con el incluido en el Fichero de órdenes para el orden que ha generado el desglose, salvo en los siguientes casos que identificarán mediante estas claves: CP: Operaciones ejecutadas por cuenta propia por la entidad. MG: Operaciones ejecutadas en virtud de mandatos genéricos o específicos. RO: Resto de operaciones que se ejecuten sin orden expresa del cliente. Cuando el desglose corresponda a una operación que no haya requerido la generación del Fichero de órdenes (punto 2.1 de la norma 4.a ) se indicará en este apartado el Código de Orden que vincule el desglose con el Archivo de Justificantes de Órdenes. | | 3 | 25-40 | Código de ejecución. | X | 16 | Debe coincidir con el incluido en el fichero de ejecuciones para la ejecución que ha generado el desglose. | | 4 | 41-56 | Código de operación. | X | 16 | Para el caso bursátil será el número de operación que se intercambia con el Servicio de Compensación y Liquidación de Valores. | | 5 | 57-65 | Número de valores. | N | 9 | | | 6 | 66-77 | Efectivo de liquidación. | N | 12 | Los importes en euros se expresarán en céntimos de euro, sin comas. Los importes en otras monedas se expresarán en cifras enteras, sin incluir decimales. | | 7 | 78-80 | Moneda. | X | 3 | Código alfabético de la norma ISO4217. | | 8 | 81-84 | Código de entidad liquidadora. | X | 4 | Se indicará el código de la entidad de acuerdo con los siguientes criterios: Número de registro en el Banco de España.-Para bancos y entidades de crédito. Número de registro en la Comisión Nacional del Mercado de Valores + 3500.-Para sociedades y agencias de valores. No se completará para entidades no inscritas en los registros oficiales del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores. | | 9 | 85-124 | Entidad liquidadora. | X | 40 | Se identificará a la entidad liquidadora por su denominación. | | 10 | 125-174 | Comentario. | X | 50 | Aclaración a los campos anteriores siempre que resulte necesario. Cuando el campo «Código de orden» se haya completado con la clave MG se incluirá en este apartado la referencia identificativa del mandato recibido. | | 11 | 175-176 | Final de registro. | X | 2 | Siempre: «CR» «LF». |