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28 nov 1997
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 33▾
Antes500 pesetas por cada una de las subparcelas rústicas o unidades urbanas a que se refiera el documento.
Ahora500 pesetas por cada una de las unidades urbanas o parcelas rústicas a que se refiera el documento, con independencia, en éste último caso, del número de subparcelas cuya acreditación se solicite.