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17 jun 1997

Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 30
Antes3.º Las entregas de los productos alimenticios a que se refiere el artículo 91, apartado dos.1, número 1.º, de la Ley.
Ahora3.º Las entregas de los bienes que tributen a tipos reducidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91, apartado uno.1, números 1.º, 2.º y 4.º, y el apartado dos.1, número 1.º de la Ley.
Párrafo añadido
10.º Los trabajos realizados materialmente en el territorio de aplicación del Impuesto sobre Bienes Muebles Corporales y los informes periciales, valo raciones y dictámenes relativos a dichos bienes a que se refiere el artículo 70.uno.7.º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuando dichas operaciones no queden sujetas al Impuesto.