← Volver
31 dic 1996
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial
Ley · En vigor · Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 25▾
AntesEn el Ministerio de Justicia, con la adscripción que determine su Reglamento Orgánico, podrán existir hasta diez plazas servidas por Jueces o Magistrados. Se proveerán mediante concurso de méritos, que convocará y resolverá el Ministerio de Justicia en la forma que se determine reglamentariamente.
AhoraEn el Ministerio de Justicia, con la adscripción que determine su Reglamento Orgánico, podrán existir hasta 10 plazas servidas por Jueces o Magistrados, 5 por Fiscales, 5 por Secretarios Judiciales y 2 por Médicos Forenses. Se proveerán mediante concurso de méritos que convocará y resolverá el Ministerio de Justicia en la forma que se determine reglamentariamente.
Párrafo añadido
Dichas plazas no incrementarán la relación de puestos de trabajo que tenga aprobada el Ministerio y los funcionarios que las ocupen mantendrán el régimen retributivo de sus Cuerpos de origen.