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30 nov 1996

Ley 3/1991, de 25 de abril, de creación del Consejo Económico y Social de Extremadura

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Antes1. El Consejo estará integrado por 25 miembros, incluido su Presidente. De ellos, ocho compondrán el Grupo Primero, en representación de las Organizaciones sindicales; ocho el Grupo Segundo, en representación de las Organizaciones empresariales, y ocho el Grupo Tercero, correspondiendo uno de ellos al sector agrario, uno a usuarios y consumidores, uno al sector de la economía social, uno a la Universidad, uno a las Cajas de Ahorro de ámbito regional, uno al Consejo de la Juventud, siendo los dos restantes expertos en las materias competencias del Consejo.
Ahora1. El Consejo estará integrado por 25 miembros, incluido su Presidente. De ellos, ocho compondrán el grupo primero en representación de las organizaciones sindicales; ocho el grupo segundo, en representación de las organizaciones empresariales, correspondiendo tres de ellos al sector agrario, y ocho el grupo tercero, correspondiendo uno de ellos a la FEMPEX, uno a usuarios y consumidores, uno al sector de la economía social, uno a la Universidad, uno a las Cajas de Ahorros de ámbito regional, uno al Consejo de la Juventud, siendo los dos restantes expertos en la materias competencias del Consejo.