Saltar al contenido
← Volver
13 ene 1996

Real Decreto 496/1987, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 81
Antes1. Las delegaciones de los Reales Sitios y los Servicios Centrales dependen orgánicamente del Gerente, estructurándose estos últimos en las siguientes unidades, todas ellas con nivel de Subdirección General:
Ahora1. Las Delegaciones de los Reales Sitios y los Servicios Centrales dependen orgánicamente del Consejero Gerente, estructurándose estos últimos en las siguientes unidades, todas ellas orgánicamente asimiladas al nivel de Subdirección General:
Eliminadob) Subdirección General del Patrimonio Arquitectónico.
Eliminadoc) Subdirección General de Administración de Inmuebles y Recursos.
Eliminadod) Subdirección General de Bienes Muebles Históricos y Museos.
Eliminado2. Las funciones de control inmediato y coordinación de las anteriores unidades son ejercidas por la Gerencia, bajo la superior dirección del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y de su Presidente.
Eliminado3. Dependen orgánicamente de la Gerencia el Servicio Jurídico y la Intervención Delegada, ambos con nivel de Subdirección General.
Antes4. También dependen directamente de la Gerencia, entre otras, las unidades que tengan a su cargo el área presupuestaria, la organización y coordinación de los actos oficiales y la relación con los medios de comunicación social.
Ahorab) Dirección del Patrimonio Arquitectónico e Inmuebles.
Párrafo añadido
c) Dirección de Actuaciones Histórico-Artísticas sobre Bienes Muebles y Museos.
Párrafo añadido
d) Dirección de Coordinación de Medios y Seguridad.
Párrafo añadido
2. Las funciones de dirección y control inmediato de las anteriores unidades son ejercidas por el Consejero Gerente, bajo la superior dirección del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y de su Presidente.
Párrafo añadido
3. Dependen orgánicamente del Consejero Gerente el Servicio Jurídico y la Intervención Delegada, ambos con nivel de Subdirección General.
Párrafo añadido
4. También dependen directamente del Consejero Gerente las unidades que tengan a su cargo el área de la proyección externa, incluida la preparación y edición de las publicaciones y la actividad cultural del ente público, así como la relación con los medios de comunicación social.
Artículo 82
Eliminado1. La Secretaría General es el órgano de apoyo inmediato a la Gerencia al que corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
Eliminadoa) El impulso y tramitación de los asuntos de personal y acción social.
Eliminadob) La gestión económica y financiera.
Eliminadoc) La preparación y tramitación de los expedientes de contratación.
Eliminadod) El inventario de los bienes muebles no integrantes del Patrimonio Histórico Español.
Eliminadoe) Cualesquiera otras que le encomiende el Gerente.
Antes2. Corresponde al Secretario general la suplencia del Gerente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Ahora1. La Secretaría General es el órgano de apoyo inmediato a la Gerencia, a la que corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
Párrafo añadido
a) La planificación, organización y desarrollo de los recursos humanos.
Párrafo añadido
b) La gestión de los asuntos de personal y acción social, así como la dirección de la negociación colectiva.
Párrafo añadido
c) La preparación del anteproyecto de presupuesto del Consejo, la tramitación de sus modificaciones y el seguimiento de su ejecución, así como las mismas funciones respecto a los presupuestos de los Reales Patronatos.
Párrafo añadido
d) La gestión económico-financiera y contable.
Párrafo añadido
e) La tramitación y propuesta de adjudicación de los expedientes de contratación de obras, servicios y suministros.
Párrafo añadido
f) El inventario de los bienes muebles que no tengan carácter histórico, así como de los demás bienes y derechos que no correspondan a otro inventario del Patrimonio Nacional, y la permanente actualización de los mismos.
Párrafo añadido
g) Los servicios generales de régimen interior.
Párrafo añadido
h) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por el Consejero Gerente.
Párrafo añadido
2. Corresponde al Secretario general la suplencia del Consejero Gerente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Artículo 83
EliminadoCorresponde a la Subdirección General del Patrimonio Arquitectónico el ejercicio de las siguientes funciones:
Eliminadoa) La dirección y ejecución de las actuaciones necesarias para la restauración, mejora y conservación del patrimonio arquitectónico, tanto en lo referente a edificios, como a parques, montes y jardines.
Eliminadob) El seguimiento de actuaciones en materia de seguridad de dicho patrimonio arquitectónico.
Eliminadoc) El cuidado y mantenimiento de las condiciones ecológicas en los parques y montes.
Antesd) La realización de aquellas actuaciones que le sean encomendadas por el Consejero Gerente.
AhoraCorresponde a la Dirección del Patrimonio Arquitectónico e Inmuebles el ejercicio de las siguientes funciones:
Párrafo añadido
a) La ordenación y ejecución de las actuaciones necesarias para la restauración, mejora y conservación del patrimonio arquitectónico, tanto en lo referente a edificios, como a parques, montes y jardines.
Párrafo añadido
b) El seguimiento de actuaciones en materia de seguridad en dicho patrimonio arquitectónico.
Párrafo añadido
c) El cuidado, mantenimiento y mejora de las condiciones ecológicas en los parques, montes y jardines.
Párrafo añadido
d) La elaboración del inventario de bienes inmuebles y de los derechos sobre los mismos, y de semovientes, y la permanente actualización de los mismos.
Párrafo añadido
e) La administración de los bienes inmuebles.
Párrafo añadido
f) La tramitación de los expedientes de afectación y desafectación de los bienes inmuebles, así como la preparación de las correspondientes propuestas.
Párrafo añadido
g) La realización de cualquier otra actuación que le sea encomendada por el Consejero Gerente.
Artículo 84
EliminadoCorresponde a la Subdirección General de Administración de Inmuebles y Recursos el ejercicio de las siguientes funciones:
Eliminadoa) La elaboración del inventario de bienes inmuebles del Patrimonio Nacional, así como la permanente actualización del mismo.
Eliminadob) La administración de los bienes inmuebles, elaborando los planes de explotación de viviendas, locales, instalaciones y terrenos de cualquier clase.
Eliminadoc) La tramitación de los expedientes de afectación y desafectación de los bienes inmuebles, así como la preparación de las correspondientes propuestas.
Antesd) La gestión y la explotación de bienes susceptibles de generar ingresos, incluida la preparación y edición de las publicaciones.
AhoraCorresponde a la Dirección de Actuaciones Histórico-Artísticas sobre Bienes Muebles y Museos el ejercicio de las siguientes funciones:
Párrafo añadido
a) El inventario, conservación, exposición y restauración de los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico-artístico, así como de los elementos pictóricos o escultóricos incorporados a edificios o situados en parques y jardines.
Párrafo añadido
b) El cuidado, atención y mejora de los museos.
Párrafo añadido
c) La administración y conservación del archivo histórico-documental.
Párrafo añadido
d) La administración y conservación de los fondos bibliográficos históricos.
Párrafo añadido
e) El seguimiento de actuaciones en materia de seguridad sobre los bienes muebles históricos y los museos.
Párrafo añadido
f) La realización de cualquier otra actuación que le sea encomendada por el Consejero Gerente.
Artículo 85
EliminadoCorresponde a la Subdirección General de Bienes Muebles Históricos y de Museos el ejercicio de las siguientes funciones:
Eliminadoa) El inventario, conservación, exposición y restauración de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico, así como de los elementos pictóricos o escultóricos incorporados a edificios o situados en parques y jardines.
Eliminadob) El cuidado, atención y mejora de los museos.
Eliminadoc) La administración y conservación del Archivo Histórico-Documental.
Eliminadod) La administración y conservación de los Fondos Bibliográficos Históricos.
Eliminadoe) El seguimiento de actuaciones en materia de seguridad sobre los bienes muebles históricos y los museos.
Antesf) La realización de aquellas actuaciones que le sean encomendadas por el Consejero Gerente.
AhoraCorresponde a la Dirección de Coordinación de Medios y Seguridad el ejercicio de las siguientes funciones:
Párrafo añadido
a) La coordinación de los servicios para la realización de los actos oficiales.
Párrafo añadido
b) La planificación, dirección y ejecución de actuaciones en materia de seguridad.
Párrafo añadido
c) El control del cumplimiento, tanto en los Servicios Centrales como en las Delegaciones de los Reales Sitios, de las normas e instrucciones reguladoras de los servicios.
Párrafo añadido
d) La planificación, coordinación y mantenimiento de las comunicaciones.
Párrafo añadido
e) El seguimiento y racionalización de la utilización de los medios informáticos.
Párrafo añadido
f) La realización de cualquier otra actuación que le sea encomendada por el Consejero Gerente.