Saltar al contenido
← Volver
29 dic 1995

Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 39
EliminadoInfracciones leves: De 5.000 a 50.000 pesetas.
EliminadoInfracciones menos graves: De 50.001 a 250.000 pesetas.
EliminadoInfracciones graves: De 250.001 a 1.000.000 de pesetas.
AntesInfracciones muy graves: De 1.000.001 a 5.000.000 de pesetas.
AhoraInfracciones leves: de 5.000 a 25.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones menos graves: de 25.001 a 50.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones graves: de 50.001 a 100.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones muy graves: de 100.001 a 1.000.000 de pesetas.
Párrafo añadido
Salvo en los supuestos previstos en el apartado 5 de este artículo, y en el de infracciones muy graves, las sanciones podrán hacerse efectivas, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución, con una reducción del 20 por 100 sobre la cuantía fijada en la propuesta.
Artículo 45
AntesCuando una infracción, cualquiera que fuere su grado, estuviere prevista en la Ley y Reglamento de Epizootias, o en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, se sancionará de conformidad con lo dispuesto en la citadas normas.
AhoraCuando una infracción, cualquiera que fuere su grado, estuviese prevista en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre, se sancionará de conformidad con lo previsto en la citada norma.