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31 dic 1994

Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local

Qué ha cambiado (2 artículos)

Art 129
Antes7.° Los nombramientos interinos de funcionarios con habilitación de carácter nacional, así como las acumulaciones y comisiones de servicio de éstos cuando excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.
Ahora7.° Las acumulaciones y comisiones de servicio de funcionarios con habilitación de carácter nacional, cuando excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.
Art 159
Eliminado1. La creación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional será competencia del Ministerio para las Administraciones Públicas.
AntesLa competencia de ejecución en materia de clasificación de dichos puestos corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con los límites de población, presupuesto y demás circunstancias generales y objetivas que se establezcan reglamentariamente por la Administración del Estado.
Ahora1. La competencia de ejecución en materia de creación, supresión y clasificación de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional corresponde a las Comunidades Autónomas de acuerdo con los límites de población, presupuesto y demás circunstancias generales y objetivas que se establezcan reglamentariamente por la Administración del Estado.