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25 jul 1994

Ley 8/1989, de 13 de julio, de creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
EliminadoSe integran en el Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias:
Eliminadoa) Los funcionarios de carrera, procedentes de la Escala de Guardería del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, transferidos de la Administración del Estado.
Eliminadob) Los funcionarios de carrera procedentes del Cuerpo de Guardería Forestal que hayan sido transferidos por la Administración del Estado.
Eliminadoc) Quienes con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley hayan adquirido, mediante procedimiento legal, la condición de funcionario de carrera para desempeñar las funciones previstas en el artículo 2.1 de esta Ley.
AntesA los funcionarios a que se refieren los apartados a) y b) les serán respetados todos los derechos que les concede la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Canarias.
Ahora**(Derogada).**