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23 may 1994

Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 15▾
AntesUno. Las retribuciones del personal de alta dirección gozarán de las garantías del salario establecidas en los artículos 27.2, 29 y 32 del Estatuto de los Trabajadores.
AhoraUno.**(Derogado)**