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25 jun 1993
Ley 1/1984, de 19 de enero reguladora de la Administración institucional de la Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 26▾
Eliminado1. Contra los actos administrativos de los organismos autónomos podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad.
Antes2. El recurso extraordinario de revisión se interpondrá, igualmente, ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad.
AhoraLos actos dictados por los órganos de gobierno de los Organismos autónomos podrán ser objeto del recurso ordinario ante el titular de la Consejería a la que estén adscritos.