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8 mar 1993

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 49
Eliminado1. «Gasolina con plomo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en los códigos NC 2710.00.31 y 2710.00.35;
Antes2. «Gasolina sin plomo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en el código NC 2710.00.33;
Ahora1. «Gasolina con plomo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en los códigos NC 2710.00.26, 2710.00.34 y 2710.00.36;
Párrafo añadido
2. «Gasolina sin plomo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en los códigos NC 2710.00.27, 2710.00.29 y 2710.00.32;
Antes4. «Fuelóleo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en el código NC 2710.00.79;
Ahora4. «Fuelóleo». Los productos clasificados, con independencia de su destino, en los códigos NC 2710.00.74, 2710.00.76, 2710.00.77 y 2710.00.78;
Artículo 50
AntesEpígrafe 2.11. Aceites pesados y preparaciones clasificados, con independencia de su destino, en el código NC 2710.00.99: el tipo establecido para el epígrafe 1.5.
AhoraEpígrafe 2.11. Aceites pesados y preparaciones clasificados, con independencia de su destino, en los códigos NC 2710.00.87, 2710.00.88, 2710.00.89, 2710.00.92, 2710.00.94, 2710.00.96 y 2710.00.98: el tipo establecido para el epígrafe 1.5.