Saltar al contenido
← Volver
23 jun 1992

Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 31
Eliminado1. Las infracciones administrativas en materia de Montes, cuando sean cometidas dentro de los límites de un espacio natural protegido, darán lugar al incremento en un 100 por 100 de la multa que corresponda conforme a las reglas y criterios recogidos en la normativa de Montes.
Antes2. En los supuestos contemplados en el artículo 432 del Reglamento de Montes, la sanción estipulada por incumplimiento de repoblar a los dos años, tras una corta sin autorización, se eleva a 100.000 pesetas/Ha., sin perjuicio de la obligatoriedad de repoblar los terrenos afectados.
Ahora**(Derogado)**