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6 jun 1992
Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 6▾
Antes| | Pesetas |
| --- | --- |
| Grupo I. Permisos de circulación | |
| 1. Expedición de permiso de circulación de cualquier tipo de vehículos que deba ser matriculado (incluidos diplomático, consular y matricula turística) | 1.5 |
| 2. Expedición de licencias de circulación de ciclomotores | 500 |
| 3. Autorización de circulación para conjuntos tractorremolque | 500 |
| 4. Permisos y autorizaciones de carácter temporal para traslados y pruebas de vehículos y autorizaciones especiales en razón del vehículo o utilización de la carretera | 500 |
| 5. Cambios de titularidad de los permisos de circulación por transferencia de vehículos | 1 |
| Grupo II. Permisos para conducción | |
| 1. Pruebas de aptitud para la expedición de permisos para conducir | 2.5 |
| 2. Cuando las pruebas de aptitud se realicen fuera de la capital de la provincia | 2.75 |
| 3. Canjes de permisos de conducción por otros extranjeros o expedidos por autoridades militares | 500 |
| 4. Licencias para conducción de ciclomotores | 500 |
| Grupo III. Escuelas particulares de Conductores | |
| 1. Autorización de apertura de Escuelas particulares de Conductores o Secciones de las mismas | 10 |
| 2. Autorizaciones por alteración de los elementos personales o materiales de las Escuelas particulares de Conductores. | |
| a) Sin inspección | 1 |
| b) Con inspección | 3 |
| 3. Expedición de certificados de aptitud para Directores y Profesores de Escuelas particulares de Conductores y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida a la Dirección General de Tráfico, así como duplicados de los mismos | 2.5 |
| Grupo IV. Otras tarifas | |
| 1. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos y desglose de documentos | 125 |
| 2. Inspección practicada en virtud de precepto reglamentario (con un máximo de dos al año) | 2.5 |
| 3. Sellado de cualquier tipo de placas | 125 |
| 4. Duplicados de permisos, autorizaciones por extravío, deterioro, revisión o cualquier modificación de aquéllos | 500 |
| 5. Utilización de placas facilitadas por la Administración | 250 |
| 6. Sellado de los libros talonarios para vehículos que circulen con permiso para pruebas | 250 |
| 7. Gestión administrativa en distinta provincia de la que se presenta la solicitud | 100 |
| 8. Otras licencias o permisos otorgados por el Organismo | 250 |
Ahora| | Pesetas |
| --- | --- |
| Grupo I. Permisos de circulación | |
| 1. Expedición de permiso de circulación de cualquier tipo de vehículos que deba ser matriculado (incluidos diplomático, consular y matricula turística) | 8 |
| 2. Expedición de licencias de circulación de ciclomotores | 2 |
| 3. Autorización de circulación para conjuntos tractorremolque | 2 |
| 4. Permisos y autorizaciones de carácter temporal para traslados y pruebas de vehículos y autorizaciones especiales en razón del vehículo o utilización de la carretera | 2 |
| 5. Cambios de titularidad de los permisos de circulación por transferencia de vehículos | 5 |
| Grupo II. Permisos para conducción | |
| 1. Pruebas de aptitud para la expedición de permisos para conducir | 9 |
| 2. Cuando las pruebas de aptitud se realicen fuera de la capital de la provincia | 10.05 |
| 3. Canjes de permisos de conducción por otros extranjeros o expedidos por autoridades militares | 2 |
| 4. Licencias para conducción de ciclomotores | 2 |
| Grupo III. Escuelas particulares de conductores | |
| 1. Autorización de apertura de Escuelas particulares de Conductores o Secciones de las mismas | 35 |
| 2. Autorizaciones por alteración de los elementos personales o materiales de las Escuelas particulares de Conductores: | |
| a) Sin inspección | 3 |
| b) Con inspección | 9 |
| 3. Expedición de certificados de aptitud para Directores y Profesores de Escuelas particulares de Conductores y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida a la Dirección General de Tráfico, así como duplicados de los mismos | 10 |
| Grupo IV. Otras tarifas | |
| 1. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos y desglose de documentos | 800 |
| 2. Inspección practicada en virtud de precepto reglamentario (con un máximo de dos al año) | 8 |
| 3. Sellado de cualquier tipo de placas | 500 |
| 4. Duplicados de permisos, autorizaciones por extravío, deterioro, revisión o cualquier modificación de aquéllos | 2 |
| 5. Utilización de placas facilitadas por la Administración | 1 |
| 6. Sellado de los libros talonarios para vehículos que circulen con permiso para pruebas | 1 |
| 7. Gestión administrativa en distinta provincia de la que se presenta la solicitud | 0 |
| 8. Otras licencias o permisos otorgados por el Organismo | 1 |