← Volver
15 ago 1991
Orden de 15 de octubre de 1985 por la que se aprueba la Norma de Calidad para el Mejillón, Almeja y Berberecho en conserva
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 11▾
EliminadoLos productos que regulan esta norma no deberán sobrepasar las siguientes limitaciones microbiológicas:
Eliminado– Ausencia de gérmenes patógenos.
Eliminado– Ausencia de microorganismos que crezcan y se multipliquen, previas las pruebas de preincubación durante veintiocho días a 31º ± 1º C y diez días a 44º C.
Eliminado– Flora esporulada: máximo 10 esporos de*Bacillaceae*termoestables, no patógenos, no toxigénicos e incapaces de alterar la conserva.
Antes– Ausencia de toxina botulínica en todo el contenido del envase.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 12▾
EliminadoLos productos objeto de esta norma no contendrán cantidades residuales superiores a las tolerancias que se establecen a continuación:
EliminadoCadmio: 1 ppm.
EliminadoCobre: 20 ppm.
EliminadoEstaño: 250 ppm.
EliminadoMercurio: 1 ppm.
AntesPlomo: 5 ppm.
Ahora**(Derogado)**