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8 jul 1989

Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 79
Eliminadoa) Con carácter general, el 20 por 100 de los rendimientos íntegros devengados.
AntesEn los casos de prestaciones de servicios, asistencia técnica, gastos de instalación o montaje, derivados de contratos de ingeniería y, en general, de explotaciones económicas, realizadas en España sin establecimiento permanente, el sujeto pasivo aplicará el tipo del 20 por 100 a la diferencia entre los ingresos y los gastos de personal y aprovisionamiento de materiales incorporados a las obras o trabajos.
Ahoraa) Con carácter general, el 25 por 100 de los rendimientos íntegros devengados.
Párrafo añadido
En los casos de prestaciones de servicios, asistencia técnica, gastos de instalación o montaje, derivados de contratos de ingeniería y, en general, de explotaciones económicas, realizadas en España sin establecimiento permanente, el sujeto pasivo aplicará el tipo del 25 por 100 a la diferencia entre los ingresos y los gastos de personal y aprovisionamiento de materiales incorporados a las obras o trabajos.
Artículo 87
Eliminadoa) Con carácter general, el 20 por 100 de los rendimientos íntegros devengados.
AntesEn los casos de prestaciones de servicios, asistencia técnica, gastos de instalación o montaje, derivadas de contratos de ingeniería y, en general, de explotaciones económicas realizadas en España sin establecimiento permanente, el sujeto pasivo aplicará el tipo del 20 por 100 a la diferencia entre los ingresos y los gastos de personal y de aprovisionamiento de materiales incorporados a las obras o trabajos.
Ahoraa) Con carácter general, el 25 por 100 de los rendimientos íntegros devengados.
Párrafo añadido
En los casos de prestaciones de servicios, asistencia técnica, gastos de instalación o montaje, derivadas de contratos de ingeniería y, en general, de explotaciones económicas realizadas en España sin establecimiento permanente, el sujeto pasivo aplicará el tipo del 25 por 100 a la diferencia entre los ingresos y los gastos de personal y de aprovisionamiento de materiales incorporados a las obras o trabajos.