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20 may 1988

Real Decreto 1354/1983, de 27 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de té y derivados

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 4
Antes4.3. No contendrán micotoxinas, nitrosaminas, residuos de pesticidas ni cualquier otra sustancia sanitariamente peligrosa en cantidad superior a la que establezca el Ministerio de Sanidad y Consumo, o en su ausencia se considerarán por el mismo los criterios recomendados por la Organización Mundial de la Salud.
Ahora4.3. No contendrán nitrosaminas, residuos de pesticidas ni cualquier otra sustancia sanitariamente peligrosa en cantidad superior a la que establezca el Ministerio de Sanidad y Consumo, o en su ausencia se considerarán por el mismo los criterios recomendados por la Organización Mundial de la Salud.