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29 feb 1988

Ley 12/1987, de 28 de mayo, de regulación del transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de motor

Qué ha cambiado (11 artículos)

Artículo 2

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 10

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Artículo 11

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Artículo 12

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Artículo 13

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Artículo 14

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Artículo 42
Antes6. La Administración autonómica coordinará, en lo que afecta a los tránsitos autonómicos, los transportes de la Comunidad Autónoma y los estatales cuando los itinerarios de éstos pasen por el territorio de Cataluña.
Ahora6. La Administración autonómica coordinará, en lo que afecta a los tránsitos autonómicos, los transportes de la Comunidad Autónoma **y los estatales cuando los itinerarios de éstos pasen por el territorio de Cataluña.**
Artículo 53

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Artículo 54

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Disposición transitoria cuarta

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Disposición transitoria sexta

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