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24 dic 1987
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Ley · En vigor · Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo treinta▾
AntesI) Destino: El producto de esta tasa se ingresará en el Tesoro Público, generándose de modo automático el crédito oportuno en favor del Organismo correspondiente de la Administración del Estado, que se destinará exclusivamente a la adquisición de bienes de interés para el Patrimonio Histórico Español.
AhoraI) Destino: El producto de esta tasa se ingresará en el Tesoro Público, quedando afectado exclusivamente a la adquisición de bienes de interés para el Patrimonio Histórico Español.