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22 abr 1986
Ley 70/1980, de 16 de diciembre, por la que se modifican las fechas de referencia para la formación de los Censos Generales de la Nación y de renovación del Padrón Municipal de Habitantes
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo tercero▾
AntesTodos los Ayuntamientos formarán sus padrones municipales de habitantes cada cinco años, rectificándolos anualmente. En los años terminados en uno, la fecha de su formación coincidirá con la señalada para la de los Censos de Población y Vivienda. En los años terminados en seis, la fecha de su formación será la que se señale por Real Decreto entre el uno de marzo y el treinta y uno de mayo.
Ahora**(Derogado)**