← Volver
29 dic 1966
Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 23▾
Antes4. Los funcionarios del Cuerpo Administrativo desempeñarán las tareas administrativas normalmente de trámite y colaboración no asignadas al Cuerpo Técnico. Deberán poseer título de Bachillerato superior o equivalente.
Ahora4. Los funcionarios del Cuerpo Administrativo desempeñarán las tareas administrativas normalmente de trámite y colaboración no asignadas al Cuerpo Técnico. Deberán poseer título de Bachillerato superior o equivalente o reunir las condiciones establecidas en el apartado c) del punto primero del artículo treinta y uno de esta Ley.
Artículo 31▾
Antesc) El 25 por cien de las vacantes del Cuerpo Administrativo para los funcionarios del Cuerpo Auxiliar que posean la correspondiente titulación y superen las pruebas selectivas que se establezcan.
Ahorac) El sesenta por ciento de las vacantes del Cuerpo Administrativo para los funcionarios del Cuerpo Auxiliar que posean la correspondiente titulación y hayan cumplido cinco años de servicio en este Cuerpo, y para quienes sin poseer titulación tengan reconocidas diez años de servicio efectivo en el Cuerpo General Auxiliar, siempre que unos y otros superen las pruebas Selectivas que se establezcan.