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Ya no está en vigorOrden

Orden ITC/914/2006, de 30 de marzo, por la que se establece el método de cálculo de la retribución de garantía de potencia para las instalaciones de generación en régimen ordinario de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares

También conocida como: O 914/2006, O 914/06
Ver en BOE
31 de marzo de 2006·1 de agosto de 2015·Ministerio de Industria, Turismo y Comercio·BOE-A-2006-5808
Resumen en lenguaje sencillo

Esta norma explica cómo se calcula el pago a las centrales eléctricas en las islas, Ceuta y Melilla para asegurar que siempre haya luz.

Los resúmenes de esta página están escritos en lenguaje sencillo y generados con IA a partir del texto oficial. No son asesoramiento jurídico: lo que vale es el texto publicado en el BOE. Cómo los hacemos.

El texto completo y oficial de la ley, tal como lo publica el Boletín Oficial del Estado (BOE).

17
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3
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8
Categorías

Qué ha cambiado

2 modificaciones desde su publicación, de la más reciente a la más antigua.

Información general

Tipo de ley
Orden
Vigencia
Ya no está en vigor
Publicación
31 de marzo de 2006
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Leyes en las que se basa

  • el art. 6.4 y la disposición transitoria 1 del Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre BOE-A-2003-23756

Leyes que la modifican

  • en BOE num. 124 de 25 de mayo de 2006 BOE-A-2006-9085
  • con el art. 6.1, publicando el valor unitario de garantia de potencia anual para el 2009: Resolución de 25 de agosto de 2009 BOE-A-2009-14367
  • aprobando las reglas del sistema de liquidaciones y garantías de pago: Resolución de 22 de mayo de 2009 BOE-A-2009-9167
  • lo indicado del art. 3.3, 4 y 6, por Resolución de 28 de septiembre de 2010 BOE-A-2010-15437
  • por Real Decreto 738/2015, de 31 de julio BOE-A-2015-8646
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