Saltar al contenido
← Volver
13 mar 2026 · ModificaciónGenerado con IA

La legislación local catalana se aplica a Arán solo si falta una norma específica

Se incorpora una regla para Arán y su Consejo General: la legislación de régimen local solo se les aplica cuando no exista una regulación específica. En todo caso, debe respetar la posición singular de Arán y su régimen especial.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional quinta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional quinta. Régimen jurídico aplicable a Arán. En el marco de lo dispuesto por los artículos 2, 5 y 11 del Estatuto de autonomía de Cataluña y la disposición adicional decimoséptima de la Ley del Estado 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, la legislación de régimen local solo debe aplicarse a Arán y al Consejo General de Arán en ausencia de regulación específica, respetando, en todo caso, la posición singular de Arán y de acuerdo con la legislación propia de su régimen especial.