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17 abr 2026 · Modificación
Reorganización de la Academia Central de la Defensa
Se actualiza la estructura orgánica de la Academia Central de la Defensa, modificando la denominación y funciones de algunos departamentos y unidades. Estos cambios buscan optimizar la organización interna del centro docente militar.
Qué ha cambiado (7 artículos)
Artículo 3▾
Eliminadoc)**(Sin contenido).**
Eliminadod) Escuela Militar de Estudios Jurídicos.
Eliminadoe) Escuela Militar de Intervención.
Eliminadof) Escuela Militar de Sanidad.
Eliminadog) Escuela de Músicas Militares.
Eliminadoh) Escuela Militar de Idiomas.
Eliminadoi) Escuela Militar de Ciencias de la Educación.
Eliminadoj) Departamento de Instrucción y Adiestramiento.
Eliminadok) Unidad de Servicios de Apoyo.
Antesl) Servicio de Administración Económica.
Ahorac) Escuela Militar de Estudios Jurídicos.
Párrafo añadido
d) Escuela Militar de Intervención.
Párrafo añadido
e) Escuela Militar de Sanidad.
Párrafo añadido
f) Escuela de Músicas Militares.
Párrafo añadido
g) Escuela Militar de Idiomas.
Párrafo añadido
h) Escuela Militar de Ciencias de la Educación.
Párrafo añadido
i) Departamento de Instrucción y Adiestramiento.
Párrafo añadido
j) Departamento de Enseñanzas Adscritas.
Párrafo añadido
k) Núcleo de Formación Profesional.
Párrafo añadido
l) Jefatura de Apoyo y Servicios.
Párrafo añadido
m) Servicio de Administración Económica.
Artículo 4▾
Eliminado1. El Director de la Academia Central de la Defensa será un oficial general nombrado por el Subsecretario de Defensa.
Antes2. Al Director de la Academia Central de la Defensa, como máxima autoridad del centro, le corresponden las funciones de ejercer el mando, la dirección y el gobierno del mismo; y ostentar su representación.
Ahora1. El director de la Academia Central de la Defensa será un oficial general nombrado por el Subsecretario de Defensa.
Párrafo añadido
2. Al director de la Academia Central de la Defensa, como máxima autoridad del centro, le corresponden las funciones de ejercer el mando, la dirección y el gobierno del mismo y ostentar su representación. Asimismo, le corresponden las funciones de jefe del establecimiento “Academia Central de la Defensa”.
Párrafo añadido
3. Para el cumplimiento de sus funciones contará con un órgano auxiliar.
Artículo 5▾
Eliminado1. Conforme a lo establecido en las normas generales de organización y funcionamiento de los centros docentes militares, la Academia Central de la Defensa contará con un Subdirector Jefe de Estudios, cargo que será ocupado por un Coronel o Capitán de Navío de las Fuerzas Armadas.
Eliminado2. Al Subdirector Jefe de Estudios le corresponden las siguientes funciones:
Eliminadoa) En ausencia del Director, así como en aquéllos casos que éste determine, ejercer el mando, la dirección y el gobierno del centro y ostentar la representación del mismo.
Eliminadob) Coordinar las actividades del centro docente militar sin perjuicio de las competencias atribuidas a los directores de las escuelas que integran la Academia Central de la Defensa, según lo establecido en el artículo 7.1.
Antes3. Para el cumplimiento de las funciones del apartado 2 anterior, contará con un órgano auxiliar.
Ahora1. Conforme a lo establecido en las normas sobre organización y funciones, régimen interior y programación de los centros docentes militares, promulgadas por la Orden DEF/85/2017, de 1 de febrero, la Academia Central de la Defensa contará con un subdirector Jefe de Estudios, cargo que será ocupado por un coronel o capitán de navío de las Fuerzas Armadas.
Párrafo añadido
2. Al subdirector Jefe de Estudios le corresponden las funciones asignadas en dichas normas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los directores de las escuelas que integran la Academia Central de la Defensa, según lo establecido en el artículo 7.1.
Párrafo añadido
3. Para el cumplimiento de las funciones del apartado 2 anterior, contará con un órgano auxiliar de jefatura.
Párrafo añadido
4. En ausencia del director, ejercerá el mando, la dirección y el gobierno de la Academia Central de la Defensa.
Artículo 6▾
Eliminado1. Su titularidad corresponde al Ministerio de Defensa, que la ejerce a través de la Subsecretaría de Defensa, con arreglo al artículo 51.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
Antes2. El Centro Universitario de la Defensa se regirá, entre otra normas, por el Convenio de adscripción entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Alcalá, suscrito el 31 de mayo de 2012, y por sus propias normas de organización y funcionamiento, con arreglo al artículo 11.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Ahora**(Sin contenido)**
Artículo 7▾
Eliminado1. La Academia Central de la Defensa adopta una organización mixta sobre la base de la Escuela Militar de Estudios Jurídicos, la Escuela Militar de Intervención, la Escuela Militar de Sanidad, la Escuela de Músicas Militares, la Escuela Militar de Idiomas, la Escuela Militar de Ciencias de la Educación y el departamento de Instrucción y Adiestramiento. En el caso de las escuelas de cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, éstas tendrán las competencias relativas a la formación técnica correspondiente a sus respectivos cuerpos.
Eliminado2. El Departamento de Instrucción y Adiestramiento, será la unidad de encuadramiento de los alumnos. El Director del Departamento de Instrucción y Adiestramiento dependerá, en el ejercicio de sus funciones, del Subdirector Jefe de Estudios.
Antes3. Para atender a la función de evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas, la Academia Central de la Defensa podrá contar con un órgano de evaluación de la competencia lingüística, con la competencia de gestionar, coordinar y controlar los equipos de evaluación y comisiones de revisión que pudieran formarse para las distintas pruebas de idiomas.
Ahora1. La Academia Central de la Defensa adopta una organización mixta sobre la base de la Escuela Militar de Estudios Jurídicos, la Escuela Militar de Intervención, la Escuela Militar de Sanidad, la Escuela de Músicas Militares, la Escuela Militar de Idiomas, la Escuela Militar de Ciencias de la Educación, el Departamento de Instrucción y Adiestramiento, el Departamento de Enseñanzas Adscritas y el Núcleo de Formación Profesional. En el caso de las escuelas de cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, éstas tendrán las competencias relativas a la formación técnica correspondiente a sus respectivos cuerpos.
Párrafo añadido
2. El Departamento de Instrucción y Adiestramiento será la unidad de encuadramiento de los alumnos. El director del Departamento de Instrucción y Adiestramiento dependerá, en el ejercicio de sus funciones, del subdirector Jefe de Estudios.
Párrafo añadido
3. El Departamento de Enseñanzas Adscritas será la unidad de adscripción del profesorado de aquellos cursos que, aun siendo responsabilidad de la Academia Central de la Defensa, son impartidos por organismos ajenos a la estructura académica de la misma. El director del Departamento de Enseñanzas Adscritas dependerá, en el ejercicio de sus funciones, del Subdirector Jefe de Estudios.
Párrafo añadido
4. El Núcleo de Formación Profesional será el encargado de la coordinación, desarrollo e impartición de los ciclos formativos de Formación Profesional cuyas enseñanzas hayan sido autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la Academia Central de la Defensa. Dicho núcleo dependerá del Subdirector Jefe de Estudios.
Párrafo añadido
5. Para atender a la función de evaluar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para las Fuerzas Armadas, la Academia Central de la Defensa podrá contar con un órgano de evaluación de la competencia lingüística con la competencia de gestionar, coordinar y controlar los equipos de evaluación y comisiones de revisión que pudieran formarse para las distintas pruebas de idiomas.
Artículo 8▸
EliminadoArtículo 8. Unidad de Servicios de Apoyo.
Antes1. A la Unidad de Servicios de Apoyo, le corresponden las siguientes funciones:
AhoraArtículo 8. Jefatura de Apoyo y Servicios.
Párrafo añadido
1. A la Jefatura de Apoyo y Servicios le corresponden las siguientes funciones:
Antesb) Proporcionar seguridad a la Academia Central de la Defensa.
Ahorab) Proporcionar seguridad a las instalaciones de la Academia Central de la Defensa.
Antes2. El Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo dependerá, en el ejercicio de sus funciones, del Subdirector.
Ahora2. El jefe de la Jefatura de Apoyo y Servicios dependerá orgánicamente del Director.
Artículo 9▸
Antes2. El Jefe del Servicio de Administración Económica dependerá, en el ejercicio de sus funciones, del Subdirector.
Ahora2. El jefe del Servicio de Administración Económica dependerá orgánicamente del Director.