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Se modifican los principios generales del Real Decreto 1085/2020 para clarificar los criterios de convalidación de módulos de Formación Profesional. Esto facilita el reconocimiento de estudios entre diferentes ciclos formativos, agilizando trámites para los estudiantes.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Párrafo añadido
7. bis. Los módulos profesionales Lengua de Signos y Ámbitos de Aplicación de la Lengua de Signos serán objeto de convalidación con el Diploma de Lengua de Signos Española (DLSE) nivel B2 o superior.