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1 abr 2026 · Modificación
Cambios en la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 1/2024, de 9 de enero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno
Se modifica la composición de varias Comisiones Delegadas del Gobierno, incluyendo la de Asuntos Económicos, el Consejo de Seguridad Nacional y la de Asuntos de Inteligencia. Estos cambios reflejan la nueva estructura del Gobierno y la asignación de responsabilidades entre los vicepresidentes y ministros.
Qué ha cambiado (5 artículos)
Artículo 2▾
Eliminadoa) La persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que la presidirá.
Antesb) La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, que ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Delegada.
Ahoraa) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa, que la presidirá.
Párrafo añadido
b) La persona titular del Ministerio de Hacienda, que ostentará la Vicepresidencia de la Comisión Delegada.
Artículo 3▾
Eliminadob) La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Antesc) Las personas titulares de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; de Defensa; del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Industria y Turismo; de Economía, Comercio y Empresa; de Sanidad; de Ciencia, Innovación y Universidades; y para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Ahorab) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Párrafo añadido
c) Las personas titulares de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; de Defensa; de Hacienda; del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Industria y Turismo; de Sanidad; de Ciencia, Innovación y Universidades; y para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Artículo 4▾
Eliminado1. En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, presidirá la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda.
Antes2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y las personas titulares de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; de Defensa; del Interior; de Economía, Comercio y Empresa; y para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Ahora1. En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, presidirá la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia el Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa.
Párrafo añadido
2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y las personas titulares de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; de Defensa; de Hacienda; del Interior; y para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Artículo 5▾
Antesc) La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, y las personas titulares de los Ministerios del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Educación, Formación Profesional y Deportes; de Industria y Turismo; de Política Territorial y Memoria Democrática; de Vivienda y Agenda Urbana; de Cultura; de Economía, Comercio y Empresa; de Sanidad; de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; de Ciencia, Innovación y Universidades; de Igualdad; de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; para la Transformación Digital y de la Función Pública; y de Juventud e Infancia.
Ahorac) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa; la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, y las personas titulares de los Ministerios de Hacienda; del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Educación, Formación Profesional y Deportes; de Industria y Turismo; de Política Territorial y Memoria Democrática; de Vivienda y Agenda Urbana; de Cultura; de Sanidad; de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; de Ciencia, Innovación y Universidades; de Igualdad; de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; para la Transformación Digital y de la Función Pública; y de Juventud e Infancia.
Artículo 6▾
Antesc) La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda; la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y las personas titulares de los Ministerios del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Educación, Formación Profesional y Deportes; de Industria y Turismo; de Agricultura, Pesca y Alimentación; de Vivienda y Agenda Urbana; de Cultura; de Sanidad; de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; de Ciencia, Innovación y Universidades; de Igualdad; de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; para la Transformación Digital y de la Función Pública; y de Juventud e Infancia.
Ahorac) El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de Economía, Comercio y Empresa; la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y las personas titulares de los Ministerios de Hacienda; del Interior; de Transportes y Movilidad Sostenible; de Educación, Formación Profesional y Deportes; de Industria y Turismo; de Agricultura, Pesca y Alimentación; de Vivienda y Agenda Urbana; de Cultura; de Sanidad; de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; de Ciencia, Innovación y Universidades; de Igualdad; de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; para la Transformación Digital y de la Función Pública; y de Juventud e Infancia.