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28 may 2025
Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 191/2023, de 21 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven
Qué ha cambiado (4 artículos)
Artículo 7▾
Eliminado3. La ordenación e instrucción del procedimiento de adhesión corresponderán al Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Cultura y Deporte. El mencionado órgano, a la vista del expediente, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para resolver.
Antes4. La persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte resolverá el procedimiento de adhesión mediante resolución motivada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ahora3. La ordenación e instrucción del procedimiento de adhesión corresponderá a la Dirección General de Derechos Culturales del Ministerio de Cultura. El mencionado órgano directivo, a la vista del expediente, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para resolver.
Párrafo añadido
4. La persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura resolverá el procedimiento de adhesión mediante resolución motivada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 10▾
Eliminado4. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión corresponderán al Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Cultura y Deporte. El mencionado órgano, a la vista del expediente, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para resolver.
Antes5. La persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte resolverá el procedimiento de concesión mediante resolución motivada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Ahora4. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión corresponderán a la Dirección General de Derechos Culturales del Ministerio de Cultura. El mencionado órgano directivo, a la vista del expediente, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para resolver.
Párrafo añadido
5. La persona titular de la Secretaría de Estado de Cultura resolverá el procedimiento de concesión mediante resolución motivada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 13▾
Eliminado1. La Subsecretaría del Ministerio de Cultura y Deporte podrá realizar cuantas comprobaciones, inspecciones y demás medidas de control estime oportunas para velar por la correcta aplicación de los recursos públicos y para verificar el desarrollo y aplicación del presente programa.
Antes2. En el supuesto de que se detectase algún incumplimiento o actuaciones irregulares por parte de las entidades adheridas, la Subsecretaría del Ministerio de Cultura y Deporte podrá resolver la adhesión de las mismas al programa, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4.
Ahora1. La Secretaría de Estado de Cultura, a través de la Dirección General de Derechos Culturales, podrá realizar cuantas comprobaciones, inspecciones y demás medidas de control estime oportunas para velar por la correcta aplicación de los recursos públicos y para verificar el desarrollo y aplicación del presente programa.
Párrafo añadido
2. En el supuesto de que se detectase algún incumplimiento o actuaciones irregulares por parte de las entidades adheridas, la Secretaría de Estado de Cultura podrá resolver la adhesión de las mismas al programa, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4.
Artículo 15▾
Eliminado2. El órgano responsable del tratamiento es la Subsecretaría del Ministerio de Cultura y Deporte y los datos de contacto son Plaza del Rey 1, Madrid 28004.
AntesTendrán la consideración de encargados del tratamiento de los datos personales las entidades que colaboren con el Ministerio de Cultura y Deporte en la gestión del programa Bono Cultural Joven, con la única finalidad de su tramitación.
Ahora2. El órgano responsable del tratamiento es la Dirección General de Derechos Culturales, con sede en la plaza del Rey 1, Madrid 28004.
Párrafo añadido
Tendrán la consideración de encargados del tratamiento de los datos personales las entidades que colaboren con el Ministerio de Cultura en la gestión del programa Bono Cultural Joven, con la única finalidad de su tramitación.