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24 ago 2024

Orden TMS/693/2018, de 28 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 1
AntesEsta orden será de aplicación a las acciones formativas impartidas por el Instituto Social de la Marina que se desarrollen con medios propios, contratados, a través de encargos a medios propios personificados o por cualquier otro medio previsto en la legislación vigente.
AhoraEsta orden será de aplicación a las acciones formativas impartidas por el Instituto Social de la Marina que se desarrollen con medios propios, contratados o a través de cualquier otro medio previsto en la legislación vigente.
Artículo 3
Eliminado1. En relación a las solicitudes de formación previstas en el artículo 9 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, los interesados podrán presentar:
Eliminadoa) Una solicitud genérica, para un tipo de curso, sin determinación de lugar y fecha concreta de impartición.
Eliminadob) Una solicitud específica para un curso concreto, con fechas y lugar de celebración fijados previamente por el Instituto Social de la Marina. En este supuesto, y una vez resuelta favorablemente la solicitud, si el solicitante no obtuviese plaza en dicho curso, su solicitud mantendrá su vigencia para el resto de cursos del mismo tipo que se vayan realizando.
Eliminado2. Cada solicitante de formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina podrá presentar y mantener vigentes un máximo de cinco solicitudes.
Antes3. Las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina informarán a los interesados en los cursos sobre el objeto, destinatarios, contenidos de los mismos, niveles formativos que permitan obtener, perfil del alumno y conocimientos previos que resulten recomendables para acceder a aquellos, con el fin de que los solicitantes puedan formar criterio en orden a la elección del curso o cursos a demandar.
Ahora1. Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes de formación previstas en el artículo 9 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, para cursos concretos, con fechas y lugar de celebración fijados previamente por el Instituto Social de la Marina, utilizando el modelo oficial establecido que estará disponible en las direcciones provinciales y locales del Instituto Social de la Marina, en el portal de internet de la Seguridad Social y en la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.
Párrafo añadido
2. Las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina informarán a las personas interesadas en los cursos sobre el objeto, las personas destinatarias, contenidos de los mismos, niveles formativos que permitan obtener, perfil de alumno y conocimientos previos que resulten recomendables para acceder a aquellos, con el fin de que las personas solicitantes puedan formar criterio en orden a la elección del curso o cursos a demandar.