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2 oct 2023
Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO▾
Párrafo añadido
11. Servicio en Oficinas Colaboradoras:
Párrafo añadido
Las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil colaborarán con el Registro Civil desempeñando las funciones establecidas en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, 21 de julio.
Párrafo añadido
En el supuesto, que, por alguna circunstancia ordinaria o extraordinaria, no pudiera prestarse el servicio público de Registro Civil en una Oficina Colaboradora, el ciudadano podrá acudir a la Oficina Colaboradora sita en la cabecera de la agrupación de secretarias de Juzgado de Paz de la que esta dependa para poder llevar a cabo los trámites pertinentes.
Párrafo añadido
En el caso de que se tratase de Oficinas Colaboradoras situadas en secretarias de Juzgados de Paz no agrupados, pondrá acudir a la oficina General.
Párrafo añadido
Todo ello sin perjuicio de lo establecido pauta 8.ª de este anexo.