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28 sep 2023
Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, por la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2022
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional quinta▾
Antesa) Para facturar el cargo aplicado a las cisternas de GNL se aplicará la capacidad contratada con destino a plantas unicliente a la fórmula de facturación correspondiente y el resultado se multiplicará por la cantidad de GNL cargado con destino a plantas uniclientes nacionales, excluyendo usos diferentes a los de carburante, y se dividirá por la totalidad del GNL cargado con destino a plantas uniclientes. En todo caso se excluirá el GNL destinado a plantas de distribución.
Ahoraa) Para facturar el cargo aplicado a las cisternas de GNL se aplicará la capacidad contratada con destino a plantas unicliente a la fórmula de facturación correspondiente y el resultado se multiplicará por la cantidad de GNL cargado con destino a plantas unicliente nacionales, excluyendo usos como carburante terrestre o marítimo, y se dividirá por la totalidad del GNL cargado con destino a plantas uniclientes. En todo caso se excluirá el GNL destinado a plantas de distribución.
Párrafo añadido
En el caso de que la cantidad cargada con destino a plantas unicliente sea cero, para facturar el cargo aplicado a las cisternas de GNL se aplicará la capacidad contratada con destino a plantas unicliente a la fórmula de facturación correspondiente y el resultado se multiplicará por 1.