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15 jun 2023

Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 17
Eliminado1. El PACC es el documento en el que se detallarán las propuestas de acuerdos marco y contratos incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 3.1 que serán objeto de contratación centralizada por las Juntas de Contratación.
Antes2. Además de la relación y descripción de las obras, bienes y servicios objeto de contratación centralizada, el PACC incluirá el calendario de contratación, la Junta de Contratación encargada de cada contrato y los órganos responsables de elaborar la documentación preparatoria del expediente de contratación y del seguimiento particularizado del acuerdo marco o contrato.
Ahora1. El PACC es el documento en el que se detallarán las obras, servicios y suministros incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 3.1 que serán competencia de las Juntas de Contratación.
Párrafo añadido
2. Además, el PACC incluirá el calendario de contratación, la Junta de Contratación competente y los órganos responsables de elaborar la documentación preparatoria y del seguimiento del expediente de contratación.
Artículo 18
Eliminado1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa podrá autorizar la contratación fuera del alcance del PACC en aquellos supuestos que resulten estrictamente necesarios, con objeto de mantener la continuidad del servicio o suministro. En especial, y entre otros supuestos, podrá autorizarse la contratación fuera del alcance del PACC:
Eliminadoa) En aquellos casos en que el PACC prevea que un acuerdo marco, o contrato centralizado, deba entrar en vigor en determinada fecha y no haya podido cumplirse esta previsión por cualquier vicisitud.
Eliminadob) Cuando un lote de un acuerdo marco, o de un contrato centralizado, se haya extinguido por cumplimiento total o resolución, sin que puedan realizarse nuevas contrataciones en el mismo.
Antesc) Cuando un contrato basado en un acuerdo marco se haya resuelto por incumplimiento.
Ahora1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa podrá autorizar la contratación fuera del alcance del PACC en aquellos supuestos que resulten estrictamente necesarios, con objeto de mantener la continuidad de las prestaciones.
Disposición adicional primera
AntesLas correspondientes Juntas de Contratación delegan la facultad de celebrar los contratos basados en los acuerdos marco, definidos en el PACC correspondiente, que hayan concluido tales Juntas de Contratación, en aquellos órganos de contratación del Ministerio de Defensa con competencias o responsabilidades en las materias objeto del contrato.
AhoraLas correspondientes Juntas de Contratación delegan, en los órganos de contratación del Ministerio de Defensa, la facultad de celebrar los contratos consecuencia de la implantación de los sistemas para la racionalización de la contratación que aquellas hayan concluido.