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29 nov 2022
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
Ley · En vigor · Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
Qué ha cambiado (7 artículos)
Artículo 22▾
Antes4. Los nombramientos y contratos para los puestos directivos profesionales regulados en esta ley serán temporales, y su duración máxima será de dos años prorrogables por otros dos.
Ahora4.**(Suprimido).**
Artículo 105▾
Eliminado– Nivel inicial.
Antes– Voluntaria: corresponde a cada funcionario de carrera decidir su incorporación.
Ahora– Voluntaria: Corresponde a cada funcionario de carrera decidir su incorporación.
Eliminado– De acceso consecutivo y gradual en el tiempo: el progreso en la carrera horizontal consiste en el acceso consecutivo a los distintos niveles en que se estructura.
Eliminado– Retribuida: según el nivel de carrera reconocido, excepto en el nivel inicial.
Antes– Irreversible: el progreso en la carrera se produce en sentido ascendente, salvo por aplicación de la sanción de demérito prevista en el artículo 158 de esta Ley.
Ahora– De acceso consecutivo y gradual en el tiempo: El progreso de la carrera horizontal consiste en el acceso consecutivo a los distintos niveles en que se estructura.
Párrafo añadido
– Retribuida: Según el nivel de carrera reconocido.
Párrafo añadido
– Irreversible: El progreso en la carrera se produce en sentido ascendente, salvo por la aplicación de la sanción de demérito prevista en el artículo 158 de esta ley.
Artículo 113▾
Antes4. La implantación de sistemas de evaluación del desempeño requerirá la previa descripción y análisis de los puestos de trabajo.
Ahora4. La implantación de sistemas de evaluación del desempeño podrá requerir la previa descripción y análisis de los puestos de trabajo.
Antes7. La obtención de resultados positivos en la evaluación del desempeño será condición necesaria para que el personal empleado público alcance los diferentes niveles de carrera profesional en el respectivo sistema de carrera que se implante en cada administración, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
Ahora7. La obtención de resultados positivos en la evaluación del desempeño podrá ser condición necesaria para que el personal empleado público alcance los diferentes niveles de carrera profesional en el respectivo sistema de carrera que se implante en cada administración, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
Artículo 125▾
Eliminado1. En casos excepcionales y debidamente motivados, los Consejeros, previa siempre la autorización del Consejero competente en materia de función pública, podrán atribuir a los funcionarios el desempeño temporal de funciones especiales que no estén asignadas específicamente a los puestos incluidos en las relaciones de puestos de trabajo, para la realización de tareas que, por causa de su mayor volumen temporal, y otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas con suficiencia por los funcionarios que desempeñen con carácter permanente los puestos de trabajo que tenga asignadas dichas tareas.
AntesCuando las funciones atribuidas correspondieren a otra Consejería la atribución temporal de funciones deberá ser autorizada por el Consejero competente en materia de función pública.
Ahora1. En casos excepcionales y debidamente motivados, el titular de la Secretaría General u Organismo correspondiente, previa autorización de la persona titular de la Dirección General competente en materia de función pública, podrán atribuir a los funcionarios el desempeño temporal de funciones, tareas o responsabilidades distintas a las que correspondan al puesto de trabajo que desempeñen, siempre que resulten adecuadas a su Grupo, Cuerpo y Especialidad, que por causa de su mayor volumen temporal, u otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas con suficiencia por los funcionarios que desempeñen con carácter permanente los puestos de trabajo que tengan asignadas dichas tareas.
Párrafo añadido
Cuando las funciones atribuidas correspondieran a otra Consejería, la atribución temporal de funciones deberá ser resuelta por la persona titular de la Dirección General competente en materia de función pública, previo informe favorable de la Secretaría General de la Consejería u Organismo de procedencia del funcionario/a.
Antes3. La resolución por la que se acuerde la atribución temporal de funciones fijará la duración de la misma.
Ahora3. La resolución por la que se acuerde la atribución temporal de funciones fijará la duración de la misma, no pudiendo exceder su duración, en cualquier caso, de dos años.
Artículo 137▾
Antes3. Procederá declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular cuando finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de servicio activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo que se determine reglamentariamente o no exista plaza para reingresar.
Ahora3. Procederá declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular:
Párrafo añadido
a) Cuando finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de servicio activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo que se determine reglamentariamente o no exista plaza para reingresar.
Párrafo añadido
b) Cuando no se tome posesión del puesto de trabajo adjudicado por concurso o libre designación en el plazo establecido reglamentariamente, salvo causas de fuerza mayor u otras circunstancias graves debidamente justificadas.
Disposición adicional decimotercera▸
Artículo nuevo
Disposición adicional decimotercera. Designación de órganos de selección encargados de valorar los méritos de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, por el sistema de concurso, prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Los órganos de selección encargados de valorar los méritos de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, por el sistema de concurso, prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, serán designados directamente por el órgano convocante para garantizar la especialización y profesionalidad de sus miembros, así como la agilización del proceso selectivo.
Disposición transitoria cuarta▸
Antesc) No será computable a efectos de consolidación del grado personal el tiempo de servicios prestados en el desempeño provisional de un puesto de trabajo. Excepcionalmente, el período de permanencia en un puesto de trabajo en comisión de servicios se computará a efectos de consolidación de grado que corresponda al nivel del puesto si el mismo se obtuviera posteriormente por el sistema de provisión ordinario.
Ahorac) No será computable a efectos de consolidación del grado personal el tiempo de servicios prestados en el desempeño provisional de un puesto de trabajo. Excepcionalmente, el periodo de permanencia en un puesto de trabajo en comisión de servicios se computará a efectos de consolidación de grado que corresponda al nivel del puesto desempeñado si se obtuviera posteriormente por el sistema de provisión ordinario el mismo puesto u otro de igual o superior nivel.