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6 abr 2022
Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 48▾
Antes2. La valoración de la fase de concurso no podrá exceder del 50 por 100 de la puntuación máxima que pueda ser obtenida en la fase de oposición.
Ahora2. La valoración de la fase de concurso no podrá exceder del cuarenta por ciento de la puntuación máxima que se pueda obtener en el conjunto del proceso selectivo.