Saltar al contenido
← Volver
17 nov 2021

Orden CUD/458/2019, de 12 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Cultura y Deporte y se regula su composición y funciones

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Antes1. Un representante de cada una de las Direcciones Generales y de los organismos públicos adscritos al departamento, con rango, al menos, de Subdirector General, designados por los titulares de aquéllos.
Ahora1. Un representante de la Secretaría General de Cultura y Deporte, y de cada una de las Direcciones Generales y de los organismos públicos adscritos al departamento, con rango, al menos, de Subdirector General, designados por los titulares de aquéllos.
Antes3. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios.
Ahora3. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios.
Antes5. La persona titular de la Subdirección General de Atención al ciudadano, Documentación y Publicaciones.
Ahora5. La persona titular de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones.
Párrafo añadido
f) A las sesiones del Pleno se podrá invitar a los Delegados de Protección de Datos del Ministerio de Cultura y Deporte y de los organismos públicos adscritos al mismo, o persona a quien se designe por éstos, que actuarán con voz y sin voto.
Eliminado1. Un representante de cada una de las Direcciones Generales y de los organismos públicos adscritos al departamento, de nivel 28 o superior, designado por los titulares de aquéllos.
Eliminado2. Un representante de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, de nivel 28 o superior, designado por el titular de dicha Subdirección General.
Eliminado3. Un representante de la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales, de nivel 28 o superior, designado por el titular de la citada Subdirección General.
Antes4. Un representante de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones, de nivel 28 o superior, designado por el titular de dicha Subdirección General.
Ahora1. Los titulares de las unidades TIC del Departamento y de sus organismos públicos adscritos.
Párrafo añadido
2. Un representante de cada una de las Direcciones Generales, de nivel 30, designado por los titulares de aquéllas.
Párrafo añadido
3. Un inspector o inspectora de servicios designado por la persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios.
Párrafo añadido
4. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica y Asuntos Generales.
Párrafo añadido
5. La persona titular de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones.
Antese) En casos de ausencia, vacante o enfermedad, los vocales titulares serán sustituidos por sus suplentes, que serán designados, en cada caso, por quien nombró a los vocales titulares.
Ahorae) En casos de ausencia, vacante o enfermedad, los vocales titulares serán sustituidos por sus suplentes, que serán designados, en cada caso, por quien nombró a los vocales titulares o por el titular de la Unidad administrativa afectada.
Artículo 4
Antes2. La Comisión Permanente, se constituye como el instrumento de apoyo al Pleno, para asegurar una actuación ágil y efectiva en el impulso y la coordinación interna de la Administración Digital en el ámbito del Ministerio de Cultura y Deporte. Desempeñará las siguientes funciones:
Ahora2. La Comisión Permanente se constituye como el instrumento de apoyo al Pleno, para asegurar una actuación ágil y efectiva en el impulso y la coordinación interna de la Administración Digital en el ámbito del Ministerio de Cultura y Deporte. Desempeñará las siguientes funciones:
Antesi) Cualquier asunto que le sea delegado expresamente por el Pleno.
Ahorai) Informar los proyectos de órdenes de creación de portales de internet de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Párrafo añadido
j) Cualquier asunto que le sea delegado expresamente por el Pleno.