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17 sep 2021 · Derogación

Real Decreto 1644/1999, de 22 de octubre, sobre el control del organismo nocivo denominado Ralstonia solanacearum (Smith) Yabuuchi et al

Qué ha cambiado (1 artículo)

Nota oficial del BOE
EliminadoEl organismo nocivo*Ralstonia solanacearum*(Smith) Yabuuchi*et al*., conocido anteriormente por*Pseudomonas solanacearum*(Smith) Smith, es causa de las enfermedades de la «podredumbre parda» en los tubérculos de patata y de la «marchitez bacteriana» en las plantas de patata, tomate y otras especies de solanáceas, y representa una grave amenaza para las producciones de estos cultivos.
EliminadoDebido a que en los últimos años han aparecido brotes de las enfermedades citadas en algunas partes de la Comunidad Europea y que aún subsisten algunos focos de infección aislados, y en particular respecto a España se han producido algunas intercepciones en Castilla y León y Galicia y, dicha bacteria está presente con una distribución localizada en la isla de La Palma en Canarias; considerando la importancia económica de los citados productos vegetales; y teniendo en cuenta que el conocimiento actual de la biología y epidemiología de*Ralstonia solanacearum*en las condiciones europeas es incompleto y que puede preverse la necesidad de revisar en el futuro las medidas y los procedimientos de análisis aquí establecidos, se hace preciso adoptar las medidas mínimas necesarias contempladas en la Directiva 98/57/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, sobre el control de*Ralstonia solanacearum*(Smith) Yabuuchi*et al.*mediante el correspondiente programa de erradicación y control y ello sin perjuicio de que se adopten las medidas adicionales más estrictas que resulten necesarias.
EliminadoEn consecuencia, mediante este Real Decreto, se incorpora al ordenamiento interno la Directiva 98/57/CE, del Consejo, de 20 de julio, de acuerdo con las competencias atribuidas al Estado con carácter exclusivo por el artículo 149.1.13.ade la Constitución Española en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
EliminadoEn la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.
EliminadoEn su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, previo informe del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación en el Consejo de Ministros del día 22 de octubre de 1999,
AntesDISPONGO:
AhoraNorma derogada, con efectos a partir del 1 de enero de 2022, por la disposición derogatoria única.2.c) del Real Decreto 739/2021, de 24 de agosto.Ref. BOE-A-2021-15095#dd